jueves, 3 de abril de 2014

"Pymes y las nuevas directivas de contratación pública"

Tessa Cabré.
El pasado 28 de marzo se publicaron en el Boletín Oficial de la Unión Europea las tres nuevas directivas que regirán la contratación pública en Europa durante los próximos años.

El asunto no es baladí puesto que los contratos públicos representan el 18% del PIB de la Unión Europea. Se trata de un pastel del que las PYMES deberían conocer la receta. 

De entre las novedades que la nueva normativa introduce, destacaremos aquellas que toda PYME debe conocer para acceder con ventaja a los contratos públicos.

1.    Menos burocracia para los licitadores: se potencia la comunicación electrónica y se crea un Documento Único Europeo de Contratación basado en una declaración formal del empresario, de modo que sólo se exige que aporte la documentación original al adjudicatario. Según la Comisión Europa esta medida permitirá reducir las cargas administrativas en más de un 80%. No olvidemos que la Ley 25/2013 de Impulso de la factura electrónica se avanza a la directiva y exige presentar factura electrónica en el sector público a partir del 15 de enero de 2.015.

2.    Se fomenta la división de contratos en lotes: la norma general es que los poderes adjudicadores deben dividir los contratos más voluminosos en lotes más pequeños para fomentar la participación de las PYMES. Si una administración decide no aplicar la norma general, es necesario que lo justifique de forma conveniente. Incluso se podrá limitar el número de lotes que pueda adjudicarse a cada licitador.

3.    Requisitos de capacidad menos exigentes: la directiva establece que los requisitos de capacidad económica y financiera que se requiere a las empresas deben estar vinculados y ser proporcionales al objeto del contrato. No podrá exigirse un volumen de negocios superior al doble del estimado del contrato, excepto en casos excepcionales debidamente motivados. Si se trata de un contrato dividido en lotes, la capacidad se refiere al importe de cada uno de los lotes individualmente, no a su conjunto.

4.    Más restricciones ante ofertas anormalmente bajas y subcontrataciones: se pretende combatir las ofertas que no cumplan los requisitos mínimos a nivel técnico, económico o jurídico. El poder adjudicador podrá excluir a un licitador si ha comprobado que la oferta propuesta no cumple con la legislación social, laboral o medioambiental (deben cumplir la legislación tanto el contratista principal como los subcontratistas). La directiva también propone que se pueda permitir el pago directo a los subcontratistas.

5.    Se fomenta la mejor relación calidad- precio: se ha dejado atrás el “sólo importa el precio”. Esta directiva pretende ser un medio para alcanzar los objetivos trazados en la “Estrategia Europa 2020” para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, por lo que se establece la posibilidad de incluir, como criterios de adjudicación, aspectos medioambientales, sociales o de innovación vinculados al objeto del contrato, sin olvidar ni el precio ni los costes del ciclo de vida del objeto de la licitación.  Pueden ser criterios relacionados con el proceso de producción de lo que se contratará, como la exigencia en el mismo de que en la fabricación no se hayan utilizado productos químicos tóxicos, utilización de maquinaria eficiente desde el punto de vista energético, productos que proceden del comercio justo, exigencia de un mínimo de personal discapacitado, incluso se plantea la posibilidad de incluir cláusulas para fomentar el empleo local.


Los Estados Miembros tienen un plazo de 2 años para trasponer las directivas aunque el gobierno ya ha anunciado que está trabajando para incorporarla al ordenamiento jurídico español lo antes posible.

Las PYMES deben vencer el temor a la burocracia que existe ante un contrato público y contar con la información y orientación necesarias para preparar sus ofertas lo mejor posible. Europa parece que está cumpliendo los deberes para proteger a su mercado interior.


Tessa Cabré Serrano
Área Secretaría General y Asesoría Jurídica
Activa Mutua

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